¿Qué es la modalidad 40?

La Modalidad 40 es un tipo de régimen de continuación voluntaria que permite a los derechohabientes dados de baja del IMSS obtener una mejor pensión, o bien, alcanzar tal derecho. Ello gracias a que, al permitir aportaciones voluntarias, aumenta nuestra cantidad de semanas cotizadas y sueldo base.

Ahorro Modalidad 40

¿Cuántas semanas cotizadas tengo en este momento?

Saberlo es muy sencillo. Obtenga el reporte de semanas cotizadas en instantes y en línea. Sólo con su CURP, NSS y correo electrónico.

¿Cuáles son los requisitos básicos para ser candidato a la modalidad 40?

Para poder acceder a esta modalidad de aportaciones voluntarias, el afiliado al IMSS tiene que cumplir tres requisitos obligatorios.

  • Contar con, al menos, 52 semanas cotizadas.
  • Haber tenido una relación laboral formal en los últimos 5 años.
  • Estar dado de baja del régimen obligatorio: es decir, no estar cotizando al IMSS al no contar con un empleo formal.

¿Cómo hago la inscripción a la Modalidad 40?

La inscripción al régimen de continuación voluntaria IMSS se realiza personalmente en la subdelegación del IMSS más próxima a su domicilio. Tenga en cuenta estos tips que le pueden ser de utilidad. Por un lado, recuerde llegar temprano y asistir con un dispositivo USB. Por el otro, lleve consigo toda La documentación necesaria. La misma se detalla en la lista que sigue.

  • Carta de intención (original y copia): en la que se solicita la modalidad 40. Debe figurar el salario que se pretende registrar ante el IMSS (expresado en valor numérico y letra), sus datos personales (nombre completo, CURP, teléfono, correo electrónico y domicilio), fecha del día del trámite, nombre de la subdelegación que le corresponde por domicilio y firma al final.
  • Documento expedido por el IMSS que contenga su NSS.
  • Constancia de CURP.
  • Comprobante de domicilio (original y copia).
  • INE (original y copia).
  • Acta de nacimiento (Original y copia).
  • Comprobante del pago de la cuota obrero patronal (original y copia): se presenta una vez que la solicitud es aceptada.
  • Recibo del pago de las cuotas obrero patronales del período previo (original y copia).

Hablemos de ventajas y desventajas, ¿De verdad me conviene la Modalidad 40?

Las ventajas y desventajas de este régimen dependen, indudablemente, del perfil y necesidades del derechohabiente. Aunque, en términos generales, se suelen tener en cuenta estos pros y contras.

Modalidad 40. Ventajas y desventajas
Ventajas Desventajas
Incrementa las semanas cotizadas No contempla derecho de atención médica
Aumenta el salario base No incluye cotizaciones para Vivienda
Contempla aportaciones a AFORE No se puede modificar el salario registrado
Incluye seguro de retiro Te dan de baja si no pagas 2 meses seguidos
Contempla seguro de invalidez Aplica solo a los que cotizaron antes del 1/07/1997

¿Para qué tipo de derechohabientes está pensado la modalidad 40?

Fue concebido por la IMSS, especialmente, para tres tipos específicos de derechohabientes:

  • Aquellos que no tienen las semanas cotizadas suficientes para pensionarse y no quieren perder su derecho a obtener su jubilación.
  • Los que no están cotizando actualmente, tienen las semanas necesarias, pero quieren mejorar su pensión.
  • Derechohabientes que, al nunca haber tenido un buen salario, quieren mejorar su sueldo base.

¿Esta modalidad es legal?

Sí, por supuesto. Es una actividad legal, ya que que está especificada en los artículos 8 y 218 de la ley del Seguro social, bajo el nombre de continuación voluntaria del régimen obligatorio.

¿Puedo realizar el pago de la Modalidad 40 en una sola exhibición?

Sí, sí puedes. Pero sólo para atrás. Es decir, para cotizar los años en los que no lo hiciste. No así, para adelante.

¿Cuánto tiempo tengo que pagar la modalidad 40?

Ello depende de si quiere completar las semanas que le faltan para alcanzar su pensión, o bien, para mejorar su pensión.

¿Qué otras modalidades de régimen voluntario existen?

El Régimen voluntario del Seguro Social se divide en diferentes modalidades pensadas para incluir socialmente a aquellos derechohabientes que no cuentan con un trabajo formal. Además de la modalidad 40, existen otros regímenes que se enlistan abajo.

Modalidad 44: es para trabajadores independientes. Se encarga de asistir a los trabajadores en casos de enfermedad y maternidad.

Modalidad 33: es el Seguro de salud para la familia. Asiste en caso de maternidad o enfermedades.

Modalidad 35: es para patrones con trabajadores a su cargo. Otorga cobertura en caso de accidentes laborales, enfermedad, invalidez, fallecimiento o vejez.