En 2026 el IMSS pide 875 semanas · normativa cotejada el 26 de agosto de 2026 2026: 875 semanas Sitio no oficialNo oficial
¿Me alcanza?

Semanas, años y días

Convierte de una unidad a otra y ubica tu número contra los que importan, con la regla del artículo 20 de la ley aplicada tal cual: el sobrante suma una semana sólo si es mayor a tres días.

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Para ubicarte

Los números del nicho, en años

Equivalencias a razón de 52 semanas y 365 días por año.
SemanasAñosDíasQué es
500 semanas9.6 años3,500 díasEl requisito de la Ley de 1973. No se mueve con el año.
750 semanas14.4 años5,250 díasEl piso de la reforma, en 2021. De aquí arranca la rampa de la Ley de 1997.
875 semanas16.8 años6,125 díasEl requisito de la Ley de 1997 en 2026. Sube 25 semanas cada 1 de enero.
1,250 semanas24.0 años8,750 díasEl requisito viejo de la Ley de 1997. Rigió hasta 2020 y es el número que este sitio publicó de más durante cinco años.
1,000 semanas19.2 años7,000 díasDonde termina la rampa, en 2031. A partir de ahí ya no sube.
Los años de la segunda columna son cotización continua, y casi nadie la tiene: entre un trabajo y otro hay huecos, y esos huecos no suman. Sirve para ubicarte, no para calcular cuándo te vas a pensionar. Para eso está la comparación contra el requisito de tu año.
La regla exacta

Qué pasa con los días que sobran

Las semanas reconocidas para el otorgamiento de las prestaciones a que se refiere este título, se obtendrán dividiendo entre siete los días de cotización acumulados, hecha esta división, si existiera un sobrante de días mayor a tres, éste se considerará como otra semana completa, no tomándose en cuenta el exceso si el número de días fuera de tres o menor.

Artículo 20 de la Ley del Seguro Social.

Dónde está la frontera. La frontera es mayor a tres, y vale la pena decirlo porque circula mal. Con un sobrante de 3 días no sube; con 4 sí. Media docena de sitios publican «tres días o más suman una semana completa», que le regala una semana a quien tiene exactamente tres. Justo en el umbral, esa semana decide si te pensionas este año o el que viene.

Aun así, el número que manda es el que certifica el IMSS en tu constancia: ahí ya viene la cuenta hecha, con los periodos que el Instituto reconoce. Esta herramienta sirve para entender de dónde sale, y para ver si te falta poco.

Al revés

Cuántas semanas son los plazos que ya conoces

A razón de 52 semanas por año. En la vida real casi nadie cotiza las 52 de cada año: hay periodos sin trabajo, incapacidades y huecos entre un patrón y otro.
Si cotizasteSonY sirve para
1 año completo52 semanasEs la unidad con la que se cuenta todo lo demás
5 años260 semanasUn poco más de las 250 que definen tu salario promedio de Ley 73
10 años520 semanasYa pasaste las 500 de la Ley de 1973
15 años780 semanasTodavía por debajo del requisito de la Ley 97 en 2026
20 años1,040 semanasPor encima de las 1,000 con las que cierra la rampa en 2031
25 años1,300 semanasCerca de las 1,250 que el sistema pedía antes de la reforma de 2020
La cuenta que casi todos hacen mal

Los años trabajados no son semanas cotizadas

Es el malentendido más caro de este tema. Quien trabajó veinte años da por hecho que tiene 1,040 semanas, y casi nunca es así: lo que cuenta son los días entre cada alta y cada baja, no los años que pasaron desde que empezó a trabajar.

Lo que se pierde en el camino, y que nadie recuerda al hacer la cuenta de memoria:

  • Los meses entre un trabajo y el siguiente. Dos meses de búsqueda son casi nueve semanas.
  • Los periodos en que el patrón no dio de alta, o dio de alta tarde.
  • El trabajo por honorarios o sin contrato, que no cotiza aunque haya sido trabajo real.
  • Un retiro por desempleo, que descuenta semanas ya ganadas.

Por eso el número que vale es el de tu constancia y no el de la memoria. Cómo sacarla · Y si de verdad falta un periodo.

La regla, aplicada

Siete cuentas hechas con el artículo 20

Los días se dividen entre siete y lo que sobra decide una semana entera, en un sentido o en el otro.

Cuentas hechas con la regla del artículo 20 de la Ley del Seguro Social tal cual está escrita.
Días cotizadosEntre sieteQué pasa con el sobranteSemanas reconocidas
24 días3 semanas y 3 días3 o menos: no se toma en cuenta3 semanas
25 días3 semanas y 4 díasMás de 3: suma una semana completa4 semanas
100 días14 semanas y 2 días3 o menos: no se toma en cuenta14 semanas
101 días14 semanas y 3 días3 o menos: no se toma en cuenta14 semanas
102 días14 semanas y 4 díasMás de 3: suma una semana completa15 semanas
365 días52 semanas y 1 día3 o menos: no se toma en cuenta52 semanas
1,000 días142 semanas y 6 díasMás de 3: suma una semana completa143 semanas

Fíjate en los pares: 24 y 25 días, o 101 y 102. Un solo día de diferencia mueve una semana entera, y esa semana puede ser la que te falta.

Lo que la gente pregunta en Google

¿Cuánto dinero son 150 o 250 semanas cotizadas?

Por sí solas, nada. Las semanas no son dinero: son el derecho a pedir la pensión. El monto sale de otro lado.

La pregunta parte de una idea equivocada, que cada semana «vale» una cantidad. No es así con ninguna de las dos leyes.

  • Con la Ley de 1973 el monto sale del promedio de tu salario de las últimas 250 semanas, más un porcentaje que crece con las semanas que tengas por encima de las primeras 500 (artículo 167 de esa ley). Las «250 semanas» de la pregunta no son una cantidad de dinero: son la ventana de salarios con la que se hace la cuenta. Cómo se calcula, paso a paso.
  • Con la Ley de 1997 las semanas dan el derecho y el monto sale de lo que juntaste en tu cuenta individual. Dos personas con las mismas semanas cobran distinto. Cómo funciona.

Y hay que decirlo de frente: 150 o 250 semanas no alcanzan para una pensión de cesantía ni de vejez con ninguna de las dos leyes. Esto es lo que falta:

Lo que falta para el requisito de cada ley. Artículos 138 y 145 de la Ley de 1973; 154 y 162 de la vigente, con el transitorio de 2020.
Si tienesSonCon la Ley de 1973Con la Ley de 1997
150 semanas2.9 años de cotización continuaFaltan 350 para las 500Faltan 725 para las 875 de 2026
250 semanas4.8 años de cotización continuaFaltan 250 para las 500Faltan 625 para las 875 de 2026

Lo que sí hay con esas semanas es un dato útil: cuánto te falta. Y con la Ley de 1997 hay además una salida que la propia ley da: quien llega a la edad sin las semanas puede retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición, o seguir cotizando hasta juntarlas (artículos 154 y 162). Ese saldo, y no las semanas, es el «dinero» que hay. La cuenta contra el requisito de tu año.

La otra pregunta

¿Cuánto cuesta comprar 250 semanas cotizadas?

Las semanas no se compran: se cotizan. Lo que existe es seguir cotizando por tu cuenta, y eso sí tiene un precio por mes.

La ley no tiene ninguna figura para pagar semanas de golpe. El artículo 20 lo dice al definirlas: las semanas se obtienen de los días de cotización acumulados, o sea de tiempo asegurado, no de un pago. Quien te ofrezca «venderte» semanas te está ofreciendo otra cosa. Las promesas que circulan y por qué no cierran.

Lo que sí existe es la continuación voluntaria del artículo 218, la Modalidad 40: después de una baja puedes seguir cotizando sin patrón, pagando tú la cuota por mes adelantado. Las semanas que juntas así son iguales a las de un empleo, pero llegan al mismo ritmo: una por semana.

  • Quién puede. Quien tenga al menos 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años al momento de la baja (artículo 218).
  • Hasta cuándo. El derecho se pierde si no se pide por escrito dentro de los 5 años siguientes a la baja (artículo 219).
  • Qué cubre. Sólo invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. No incluye atención médica (artículo 218).
  • Hacia atrás. Al inscribirte puedes elegir que la protección arranque el día siguiente de tu baja, pagando las cuotas de todo ese tramo (artículo 66 del reglamento de Afiliación). Es el pago retroactivo, y es lo más parecido a «comprar» semanas que existe: en realidad es pagar las que no se cotizaron, y sólo dentro de ese plazo.

Entonces, ¿cuánto cuesta juntar 250 semanas? Son 4.8 años de cuotas mensuales, y cada cuota depende del salario con el que te inscribas y del año, porque una parte de la cuota sube cada enero. No hay un precio único que se pueda escribir aquí sin mentir: calcula tu cuota con tu salario y multiplica por los meses.

Si te faltan pocas, ojo con el reloj. Con la Ley de 1997 el requisito sube 25 semanas cada 1 de enero, así que un año entero de cuotas te acerca sólo 27 semanas al número que te van a pedir. La cuenta con el año real.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años son 1,250 semanas cotizadas?
A razón de 52 semanas por año, 24.0 años de cotización continua. En la vida real casi nadie cotiza las 52 semanas de cada año (hay periodos sin trabajo, huecos entre patrones e incapacidades), así que en la práctica toma bastante más tiempo.
¿Cuántas semanas cotizadas son un año?
52 semanas, si cotizaste el año completo sin interrupciones. Es la misma unidad que usa la ley: el artículo 167 cuenta los incrementos de la pensión «por cada 52 semanas».
¿Los días que sobran cuentan como una semana?
Sólo si sobran más de tres. El artículo 20 de la Ley del Seguro Social lo dice así: las semanas se obtienen dividiendo entre siete los días acumulados y, si queda un sobrante mayor a tres días, cuenta como otra semana completa; con tres o menos no se toma en cuenta. Ojo con la versión que circula como «tres días o más»: está mal, y le regala una semana a quien tiene exactamente tres.
¿Sigue siendo 1,250 el requisito?
No desde 2021. La reforma bajó el piso a 750 semanas y lo sube 25 cada 1 de enero: en 2026 son 875 y llegará a 1,000 en 2031. Con la Ley de 1973 son 500 y no cambian. La tabla año por año.
¿Cuánto dinero son 150 o 250 semanas cotizadas?
Por sí solas, nada: las semanas no son dinero, son el derecho a pedir la pensión. Con la Ley de 1973 el monto sale del promedio de tu salario de las últimas 250 semanas (artículo 167 de esa ley), no del número de semanas; con la de 1997, de lo que juntaste en tu cuenta individual. Y 150 o 250 semanas están por debajo de las 500 que pide la Ley de 1973 y del requisito de la de 1997, así que no alcanzan para una pensión de cesantía ni de vejez.
¿Cuánto cuesta comprar 250 semanas cotizadas?
Las semanas no se compran: el artículo 20 de la ley las define a partir de los días de cotización acumulados, o sea de tiempo asegurado. Lo que existe es seguir cotizando sin patrón por la continuación voluntaria del artículo 218 (Modalidad 40), que se paga por mes adelantado y suma una semana por semana, igual que un empleo. Juntar 250 semanas así lleva 4.8 años de cuotas, y cada cuota depende del salario con el que te inscribas: calcúlala con el tuyo.
¿Cuántas semanas son 1,000 días cotizados?
1,000 entre 7 da 142 semanas y sobran 6 días. Como el sobrante es mayor a tres, cuenta como otra semana completa: 143 semanas reconocidas, por la regla del artículo 20.
Sitio informativo no oficial. No somos el IMSS ni ninguna dependencia del gobierno. Tus semanas cotizadas, tu constancia y tu trámite de pensión se consultan y se hacen únicamente en los canales oficiales: el sistema de semanas cotizadas del IMSS y las Subdelegaciones y Unidades de Medicina Familiar. Lo que publicamos son cálculos y explicaciones con la ley al lado; el número que manda es el de tu constancia.