En 2026 el IMSS pide 875 semanas · normativa cotejada el 26 de agosto de 2026 2026: 875 semanas Sitio no oficialNo oficial
¿Me alcanza?

Me faltan semanas cotizadas

Antes de darlas por perdidas conviene saber de cuál de los dos problemas se trata, porque uno tiene solución legal y el otro no.

Actualizado: 26 de agosto de 2026

Primero, la pregunta que ordena todo

¿Faltan porque no existen, o porque no están registradas?

Son dos problemas completamente distintos y la gente los mezcla. Vale la pena resolver esto antes de hacer cualquier trámite.

La distinción que define qué camino te toca.
No existenExisten pero no aparecen
Qué pasóHubo periodos sin trabajo formal, o trabajaste sin que nadie cotizara por tiTrabajaste y cotizaste, pero el registro del IMSS no lo refleja
Qué se puede hacerSumar semanas hacia adelante: seguir cotizandoAclararlas: la ley te deja demostrar la relación laboral con pruebas
Adónde irModalidad 40 o volver al trabajo formalAclaración de semanas cotizadas
Si existen y no aparecen

Las cinco causas, y qué las distingue

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    El patrón no te dio de alta, o reportó menos salario

    Es la más común y la que tiene fundamento más claro. Es el fundamento de la aclaración de semanas. Si un patrón no te dio de alta o reportó un salario menor al real, la ley te da el derecho de ir a demostrarlo con las pruebas que tengas, y el IMSS las valora. Cómo se hace la aclaración.

  2. 2

    Trabajaste en la construcción

    La construcción tiene su propia regla porque muchas obras cotizan de forma estimativa, sin nombre. Al trabajador le toca acreditar que trabajó para ese patrón en ese periodo. Por eso a los trabajadores de obra les faltan semanas más seguido que al promedio, y por eso guardar cualquier papel de la obra vale oro.

  3. 3

    Un error de captura en tus datos

    Un nombre mal escrito, una CURP con un dígito cambiado o una fecha de nacimiento distinta hacen que un periodo quede colgado de un registro que no es el tuyo. Se resuelve corrigiendo los datos, y conviene mirar primero que tus documentos coincidan entre sí.

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    Una homonimia

    Dos personas con el mismo nombre y datos parecidos pueden terminar con registros mezclados. Es de los casos que sí o sí requieren ventanilla, con documentos que te identifiquen sin ambigüedad.

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    Tienes dos números de seguridad social

    Pasa cuando un patrón te dio de alta con un NSS nuevo en vez de usar el que ya tenías. Las semanas quedan repartidas entre los dos, y hay que unificarlos para que sumen. Es más frecuente de lo que parece en historiales largos con muchos patrones.

El fundamento
«Cuando al trabajador por incumplimiento del patrón de la obligación de inscribirlo o reportar los salarios realmente percibidos, no se le otorguen, o se vean disminuidas en su cuantía, las prestaciones en dinero o en especie, podrá acudir ante el Instituto a demostrar, a través de los medios de prueba con los que cuente, la relación laboral o los salarios realmente percibidos, quedando a juicio del Instituto la valoración y, en su caso, la comprobación de dichos supuestos.» (artículo 71)

Artículos 71 y 72 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Las incapacidades cuentan. Las semanas amparadas por certificados de incapacidad médica expedidos o reconocidos por el Instituto se consideran de cotización para el cumplimiento de los periodos de espera, y para el otorgamiento de la pensión garantizada. Si tuviste periodos largos de incapacidad y no los ves reflejados, es algo que se pregunta. Artículos 113 y 153 de la Ley del Seguro Social.
Si de plano no existen

Entonces hay que sumarlas

Si los periodos que faltan son de trabajo informal o de tiempo sin trabajar, no hay nada que aclarar: esas semanas no se cotizaron. Lo que queda es juntarlas hacia adelante, y hay dos caminos.

  • Volver al trabajo formal, con un patrón que cotice por ti.
  • Modalidad 40, la continuación voluntaria: cotizas por tu cuenta después de una baja. Y con el pago retroactivo se pueden cubrir periodos hacia atrás, dentro del plazo de cinco años desde la baja.

Antes de decidir, mira cuántas te faltan de verdad contra el requisito del año en que te vas a pensionar, que en 2026 son 875 con la Ley de 1997. Hacer la cuenta.

Antes de dar la alarma

Tres veces que parecen faltar y no faltan

El propio documento explica las tres, en la letra chica que casi nadie lee.

Casos en que las semanas están y el documento parece decir otra cosa.
Lo que vesQué está pasando en realidad
No encuentras una empresa donde sí trabajasteLa constancia usa la razón social, y el propio IMSS advierte que puede no ser el nombre comercial por el que la conoces. Buscas la tienda y en el documento está la sociedad que la operaba. Es la falsa alarma más común de todas.
Trabajaste en dos lados a la vez y no ves el dobleCorrecto y esperado: cuando dos patrones se traslapan, el tiempo traslapado no se cuenta dos veces. Lo dice la propia constancia. Las semanas son de calendario, no de empleos.
Faltan tus años del sector públicoLas semanas del ISSSTE sólo aparecen si en su momento se solicitó la portabilidad. No es automático. Cómo funciona.
Descartar esto primero ahorra un viaje. Las tres se comprueban leyendo el documento con calma, sin trámite y sin ir a ninguna oficina. Cómo leerlo renglón por renglón.
Un sector con regla propia

Si trabajaste en la construcción, es distinto

Si trabajaste en la construcción, la regla es propia: en ese sector los patrones pueden pagar las cuotas «en forma estimativa», y para que se te acrediten las semanas hay que acreditar la relación laboral con el patrón que las pagó así.

A mucha gente de la construcción le aparecen periodos incompletos aunque el patrón sí haya pagado. No es que no haya pagado: es que ese pago no te identifica. Artículo 72 del reglamento de Afiliación. Cómo se acredita.

Preguntas frecuentes

¿Por qué no me aparecen todas mis semanas cotizadas?
Las causas más comunes son cinco: un patrón que no te dio de alta o reportó un salario menor, periodos de trabajo en la construcción cotizados de forma estimativa, errores de captura en tu nombre o tu CURP, homonimias que mezclan registros, y periodos muy antiguos. Cada una tiene un camino distinto.
¿Puedo recuperar semanas que mi patrón no reportó?
Sí, y es un derecho, no un favor. El artículo 71 del reglamento de Afiliación dice que cuando el patrón incumplió la obligación de inscribirte o de reportar tu salario real, puedes acudir ante el Instituto a demostrarlo con los medios de prueba que tengas. El IMSS los valora.
¿Qué pruebas sirven?
El reglamento habla de «los medios de prueba con los que cuente» sin listarlos, así que sirve todo lo que acredite la relación laboral y el salario: recibos de nómina, contratos, credenciales, constancias del patrón, comprobantes de pago. Cuantos más y más consistentes entre sí, mejor.
¿Y si de plano nunca cotice esas semanas?
Entonces no hay nada que aclarar y el camino es otro: seguir cotizando para juntarlas. La Modalidad 40 permite hacerlo sin patrón, y el pago retroactivo permite cubrir periodos hacia atrás dentro del plazo de cinco años desde la baja.
Sitio informativo no oficial. No somos el IMSS ni ninguna dependencia del gobierno. Tus semanas cotizadas, tu constancia y tu trámite de pensión se consultan y se hacen únicamente en los canales oficiales: el sistema de semanas cotizadas del IMSS y las Subdelegaciones y Unidades de Medicina Familiar. Lo que publicamos son cálculos y explicaciones con la ley al lado; el número que manda es el de tu constancia.